viernes, 5 de abril de 2013

Cuadro marco de valores catastrales del suelo y de las construcciones (II)


Cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones (II)

Cuadro de bandas. Módulo Básico. Valor de las construcciones. Catálogo.


Los valores de repercusión de suelo se deben considerar, a efectos de su coordinación, como el producto del MBR que corresponda al área económica homogénea de que se trate, por un coeficiente porcentual. Dicho coeficiente debe estar comprendido dentro de límites máximos y mínimos que se determinan en el Cuadro de bandas, en función del uso del suelo.

El Módulo Básico de Construcción 

El Módulo Básico de Construcción correspondiente a las distintas áreas económicas homogéneas (MBCi) se obtiene a partir del Módulo M y de un Factor de construcción Fc. Los valores de MBCi pueden incrementarse por acuerdo de la Comisión superior de coordinación inmobiliaria y según los análisis de mercado que realice la Dirección general del Catastro, mediante la aplicación de coeficientes. Los valores vigentes actualmente para el módulo MBC fueron determinados en la Circular 01.04/08 de la Dirección general del Catastro, que asignaba un valor de construcción que oscilaba entre los 400 euros por metro cuadrado que corresponden al MBC-7, y los 700 euros por metro cuadrado que corresponden al MBC-1.

El valor de las construcciones 

Realizada la identificación de cada área económica homogénea de la construcción, con su correspondiente Módulo Básico MBC, el valor de las construcciones se debe obtener aplicando a dicho módulo el coeficiente que corresponda en razón de:
  • su uso
  • su clase
  • su modalidad
  • su categoría.

Dicho coeficiente se obtiene del Cuadro de coeficientes de valor de las construcciones. Si en la tipificación de un edificio existen locales en los que el uso a que están destinados no se corresponde con su tipología constructiva (como oficinas o comercios en viviendas), se debe aplicar a dichos locales el valor que corresponda en razón de su tipología constructiva.

El Catálogo de edificios y construcciones de carácter urbano

Las gerencias territoriales del Centro de gestión catastral y cooperación tributaria deben elaborar un Catálogo de edificios y construcciones de carácter urbano de su ámbito territorial, coordinado por la Junta técnica territorial correspondiente, en concordancia con las tipologías establecidas en el Cuadro de coeficientes del valor de las construcciones. Dicho catálogo debe realizarse siguiendo las instrucciones dictadas por la Dirección general, previo estudio por la Comisión superior de coordinación inmobiliaria urbana.

VALORACION DE BIENES INMUEBLES












Daniel Trujillano, arquitecto
Informes de valoración de bienes inmuebles en España

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